Aviso completo al Público del Título VI
La Asociación de Gobiernos de Maricopa (MAG, por sus siglas en inglés) por medio del presente, da aviso al público que la política de la agencia es garantizar el pleno cumplimiento del Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, la Ley de Restauración de Derechos Civiles de 1987, y autoridades y regulaciones relacionadas en todos los programas y actividades. El Título VI establece que ninguna persona en los Estados Unidos de América deberá ser excluida de la participación, privada de los beneficios, u objeto de discriminación en cualquier programa o actividad para el cual MAG reciba asistencia financiera federal, por motivos de raza, color, u origen nacional. Se ofrecen protecciones adicionales en otras autoridades federales y estatales contra la discriminación por motivos de estatus de ingresos, dominio limitado del inglés, religión, sexo, discapacidad, u orientación sexual.
Cualquier persona que crea haber experimentado discriminación bajo el Título VI tiene el derecho de presentar una queja formal ante MAG. Dicha queja debe presentarse ante el Coordinador del Título VI de MAG dentro de los 180 días siguientes a la fecha del presunto suceso discriminatorio. Para obtener más información o presentar una queja, comuníquese con la Coordinadora del Título VI al 602-254-6300.